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Blog de Arquitectura Legal y Peritajes Edilicios.

Vecinos perciben que la Ley de Promoción Especial del Patrimonio Arquitectónico no es aplicada correctamente

CARTA DE LECTORES DE LA NACIÓN 27 DE JULIO DE 2010

Señor Director:

“Quisiera saber si es verdad que en la ciudad de Buenos Aires existe una ley que impide demoler edificaciones anteriores a 1940. En caso afirmativo, quisiera saber si es de aplicación general o sólo para algunos barrios. Porque parece que en Flores nadie se ha enterado de esta ley; ejemplo de ello son las recientes demoliciones de casas históricas (Granaderos y Yerbal, Yerbal y Boyacá) o los anuncios de próximas demoliciones para reemplazar casas históricas por minúsculos departamentitos de 1 y 2 ambientes (Caracas y Bogotá). Para aplicar la ley, ¿los vecinos debemos hacer algo o las autoridades pueden arreglarse solas?”

Pablo Belenky
DNI 18.030.301
pablobelenky@yahoo.com.ar

CARTA DE LECTORES DE LA NACIÓN 29 DE JULIO DE 2010

Señor Director:

“Me dirijo a usted con el fin de responder a la interesante inquietud manifestada por el señor Pablo Bieliky en su carta del 27 del actual. Soy diputado de la Legislatura de la CABA e integro las comisiones de Defensa del Patrimonio Arquitectónico y Planeamiento Urbano. Efectivamente, las edificaciones anteriores a 1940 están protegidas por ley. Sin embargo, esa protección no es absoluta, ya que depende de una evaluación particular que realiza la Comisión Asesora de Asuntos Patrimoniales (CAAP), que, ante un pedido de demolición, debe expedirse.

“Aquí comienza la polémica, porque su criterio muchas veces no concuerda con la apreciación de los vecinos acerca de la importancia de una construcción para la identidad de un barrio. A manera de ejemplo, podemos citar los casos de La Cuadra y La Imprenta, en Palermo, que la CAAP autorizó demoler, hecho que no pudo concretarse por la decidida acción de los vecinos, la tarea de los legisladores (entre los que me encuentro) y la Justicia.

Las comisiones de Defensa del Patrimonio Arquitectónico y Planeamiento Urbano tienen representantes en la CAAP. Presenté un proyecto para que fueran designados por votación de los miembros de cada comisión y rindieran un informe mensual sobre su actuación, así ganaríamos en transparencia y control. La Legislatura puede proteger cualquier construcción en particular mediante una ley de doble lectura, audiencia pública mediante. Esta protección puede ser «cautelar» (sólo la fachada) o «estructural» (todo el edificio). Lamentablemente, el trámite es lento; los intereses económicos y la piqueta son mucho más rápidos, y si no media un amparo judicial, cuando se sanciona la ley el edificio ya no existe más.”

Adrián Rodolfo Camps
Legislador porteño
Partido Socialista Auténtico-Proyecto Sur

Fuente: La Nacion
Link: Ver Nota

2 Comentarios »

[...] cerca de las 4.00 de ayer, en una casa vieja que había sido demolida -sólo quedaba parte de la fachada original- se produjo la caída del frente de la [...]

[...] La norma determina, además, que las nuevas construcciones deberán atenerse al diseño existente y … [...]

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