El trágico episodio ocurrió pasadas las cinco de la tarde en 530 entre 6 y 7. Antonio Sosa uno de los obreros, señaló que de un momento a otro los sacudió el terrible impacto de una pared que se les fue encima. “Estábamos trabajando en ese lugar, pero no había vigas de fundación, la pared no tenía soporte“.
La conmoción y el revuelo se apoderaron del barrio. A pocos metros el arquitecto Mariano Amieva, quien ante Control Urbano, dijo ser el responsable de la obra, se agarraba el pecho: “me arruiné la vida”, repetía entre sollozos.
Después de realizada la demolición y comenzada la excavación para las fundaciones, cada vez que pasan delante de la obra en construcción, ven su pared al descubierto y repiten una y otra vez que deberán pagarles el uso de la medianera.
Es habitual escuchar, que los vecinos a una construcción, digan esta frase, tal vez sin saber que la misma responde a lo normado en nuestro Código Civil en el artículo 2736: “Todo propietario cuya finca linda inmediatamente con una pared o muro no medianero, tiene la facultad de adquirir la medianería en toda la extensión de la pared, o sólo en la parte que alcance a tener la finca de su propiedad hasta la altura de las paredes divisorias, reembolsando la mitad del valor de la pared, como esté construida, o de la porción de que adquiera medianería, como también la mitad del valor del suelo sobre que se ha asentado; pero no podrá limitar la adquisición a sólo una porción del espesor de la pared. Si sólo quisiere adquirir la porción de la altura que deben tener las paredes divisorias, está obligado a pagar el valor de la pared desde sus cimientos.
[El valor computable de la medianería será el de la fecha de la demanda o constitución en mora]”.
Si el muro no se encontrara encaballado, a plomo o correctamente construido puede generar un reclamo inverso, es decir, que el propietario o empresario de la obra lindera se sienta perjudicado económicamente en su construcción y por tanto reclame los mayores costos que le ocasionó la existencia de un muro con vicios constructivos.
Todo propietario de un inmueble puede obligar a su vecino a ejecutar un cerramiento forzoso, es decir, la construcción y conservación de paredes de 3 metros de altura y 45 centímetros de espesor (conforme artículo 2726 Código Civil).
Teniendo un muro que cumple con los requisitos de calidad y ubicación, en caso de uso por parte del lindero, éste deberá adquirir los derechos de medianería.
Para la liquidación de medianera se utiliza una fórmula que dará como resultado el valor del muro a la fecha de dicha liquidación, demanda o constitución en mora (conforme artículo 2736 Código Civil).
Los componentes de la misma son la edad del muro (es decir la antigüedad del mismo), la construcción, el uso de materiales, el estado de conservación y el porcentaje de depreciación. Para obtener el porcentaje pueden utilizarse diferentes criterios como son el de ROSS, HEIDECK, MASSELIN, entre otros. Jurisprudencialmente es valorada la fórmula de Ross-Heideck (CNC Sala F “Consorcio Córdoba 996/1000 c/ Av. Córdoba 972 SRL s/cobro de medianería).
Para la liquidación de medianera se deberá tener en cuenta si hubo acuerdos preexistentes de medianería, el condominio de antigua data que se visualiza por los signos materiales que presenta el muro, si hay adquisición por reconstrucción, el cerramiento de vanos existentes en el muro privativo, la presunción de medianería en los muros que separan dos edificios en toda su altura hasta el menos alto (conforme artículo 2718 Código Civil), etc.
La realización de la liquidación puede ser encomendada a un profesional arquitecto, ingeniero o técnico. Los honorarios profesionales deberán ser abonados por quien encomienda el trabajo.
La prescripción de la acción por cobro de medianería es de 10 años (artículo 4023 del Código Civil) siendo el obligado al pago de la medianera, el actual propietario del inmueble lindero (Arquitectura Legal Las Respuestas, Butlow – Nerpiti, Ed. TyNSA, pág. 179 y ss).
Antes de concluir, es preciso aclarar que los vanos en los muros divisorios privativos pueden realizarse conforme lo establecido en el artículo 2655 del Código Civil: “El dueño de una pared no medianera contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas para recibir luces, a tres metros de altura del piso de la pieza a que quiera darse luz, con reja de fierro cuyas barras no dejen mayor claro que tres pulgadas”.
Los peritos especialistas del gobierno porteño aseguraron que el derrumbe en el edificio de la avenida Juan Bautista Alberdi al 700 ocurrió “por las lluvias torrenciales que originaron un desmoronamiento de la tierra” que sostenía a la medianera lindera donde había una obra en construcción, informó el gobierno de la Ciudad.
Policías y agentes municipales participaron del operativo. Una decena habitaciones estaban ocupadas por personas que amenazaron con llevar sus pertenencias a la plaza Montenegro. El municipio ofreció soluciones transitorias
Este miércoles, agentes policiales y municipales desalojaron el inmueble ubicado en San Luis 1038 donde habitaba una decena de familias que resistieron la disposición judicial. Pasadas las 8, un oficial de Justicia se presentó en el lugar, en peligro de derrumbe, escoltado por tres camiones de la central de Emergencias, agentes de la Guardia de Infantería, policías con escudos y cascos y patrulleros.
En tanto, algunas de las familias que ocupaban el lugar resistían el desalojo. Mientras que otras amenazaron con dejar todas sus pertenencias en la plaza Montenegro a modo de protesta, de acuerdo a lo informado por el periodista Ariel Borderi de Radio 2.
El secretario de Gobierno del municipio Fernando Asegurado contó que “hubo ofertas desde Promoción Social para que, por un tiempo prudencial, puedan encontrar salida teniendo en cuenta que el derrumbe podría ser inminente“.
El funcionario aseguró que se encontraron con “diferentes situaciones” en el grupo que habitaba el inmueble. “Había personas solas, adultos mayores que fueron a hogares del municipio. Había familias con uno o dos chicos, otras más numerosas”, detalló.
“En una primera instancia había nueve grupos familiares, pero aprovechando la situación se sumaron otros”, criticó Asegurado.
El juez Civil y Comercial Nº 2, Eduardo Arichuluaga, ordenó la liberación del inmueble que el 9 de febrero pasado sufrió el desprendimiento de uno de sus balcones. La precariedad del edificio motivó la decisión del magistrado.
Los habitantes del lugar, en su mayoría vendedores ambulantes, vienen resistiendo el desalojo con medidas de protesta que incluyeron el corte de la calle an Luis. A pesar de la intervención de la Municipalidad, los ocupantes se negaron a dejar el lugar y acomodarse en instituciones, al menos de manera transitoria. También se les ofrecieron subsidios para pagar pensiones.
Una de las casonas está ubicada en calle 27 de Abril 586/588, enfrente del Paseo Sobremonte. Según el catálogo municipal, se trata de una vivienda clasicista construida en 1924, de categoría patrimonial baja.
Tiene dos plantas y se encuentra entre edificios de departamentos. En ese lugar, tiempo atrás funcionó el Colegio de Abogados de Córdoba, institución que en 2009 se mudó a un edificio de calle Duarte Quirós 571.
“Esa acción indica que el inmueble desaparecerá”, cuestionaron. Además, dijeron que la casona atesora mármoles de Carrara y un vitraux en una ventana del primer piso que ya fue retirado.
Otra de las casas en demolición se encuentra a metros del edificio municipal, más exactamente en calle Arturo M. Bas 63, entre 27 de Abril y Deán Funes.
También figura en el listado de bienes patrimoniales de la ciudad como de categoría baja. Es una vivienda clasicista de color amarillo construida en 1930, de dos plantas. Según se conoció, las tareas de demolición se iniciaron hace días apenas. Hasta hace poco, en la planta baja de esta casona funcionó una guardería, mientras que en la planta alta había un estudio jurídico.
Exigirán multas. El Foro en Defensa del Patrimonio Cultural está elaborando un petitorio para exigir al municipio la aplicación de multas onerosas a quienes venden casas (incluidas en el catálogo) y a las empresas que construyen en el lugar libre que dejan esos inmuebles.
La entidad advierte que estas demoliciones acentúan el proceso de desaparición de inmuebles históricos y valiosos desde el punto de vista arquitectónico. “Es necesario poner un límite a esta situación indignante”, plantea el Foro.
Ante el resultado del estudio oficial y la repetición de siniestros, la Agencia Gubernamental de Control (AGC) decidió inspeccionar con una frecuencia más alta, cada 15 días, para las instancias de demolición, excavación y colocación de losa sobre planta baja, en las que suele trabajarse sobre las medianeras. La frecuencia irá bajando a medida que avanza la construcción.
Como diagnóstico previo a la aplicación de la flamante ley, la AGC también realizó un censo sobre todas las excavaciones existentes entre el 1° y el 20 de diciembre. Sólo el 1,25% (5 obras) debieron ser clausuradas de inmediato por tratarse de demoliciones sin permiso (dos casos, en Palermo y Caballito), por falta de documentación o cartel de obra antirreglamentario (un caso, en Parque Chacabuco), por falta de medidas de seguridad o trabajos que no coincidían con el plano aprobado (un caso, en Almagro) y por no poseer pantallas y no acatar la orden de paralización (un caso, en Liniers).
Las obras controladas tenían domicilio en Caballito (30% de los casos), Palermo (25%), Villa Urquiza (18%), Belgrano (15%), Villa del Parque (8%) y otros barrios (4%).
“Un 1,5% de clausuras sobre el total es una enormidad desde la responsabilidad y ética profesional. Las faltas que se cometían en 113 obras son menores sólo comparadas con derrumbes y muertes. Si falta de cartel de obra, por ejemplo, el público desconoce quién es el responsable y si lo proyectado cumple con la normativa vigente”, opinó el arquitecto Rodolfo Fernández, vecino de Caballito e integrante de la asociación SOS Caballito.
En una reunión que mantuvieron ayer el Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Salta, Roque Mascarello, el Secretario de Obras Públicas de la misma administración, Fernando Cortez Chaín y el gerente de la Terminal, Jorge Gerstenfeld, se acordó que la empresa concesionaria presentaría el tan esperado informe técnico la próxima semana. Dicho informe no solo revelará las causas del hundimiento sino también el estado actual de las estructuras del edificio, que se terminó de construir en 2007.
En un parte de prensa difundido ayer a los medios, la Municipalidad informa que Mascarello, Cortez Chaín y Gerstenfeld también hablaron sobre la situación actual de la Terminal de Ómnibus, y, en especial, del operativo de emergencia para el ingreso y salida de colectivos de media y larga distancia. Según los responsables, esta actividad no ha registrado inconvenientes mayores desde el 14 de enero.
El gerente Gerstenfeld informó que si bien ya está definido que se deberá derribar más dársenas y partes de la cobertura del canal hacia ambos costados del agujero que se produjo hace un mes, la obra aún no se ejecutó debido a la persistencia de las lluvias.
“No podemos derribar el sector del canal que está deteriorado porque corremos el riesgo de que al iniciar la obra, se acumulen escombros en el cauce del canal y que ese día llueva y esto impida que el agua circule. Si eso sucede, podríamos generar una inundación aguas arriba del canal”, indicó el representante de Terminal Salta.
Las familias venían pagando hasta noviembre del año pasado entre 600 y 800 pesos de alquiler mensuales para vivir en el hacinamiento y la suciedad.
Entre las grietas, fisuras, caños rotos u oxidados y olor a humedad viven chicos, adultos y ancianos. “Somos, en su mayoría, trabajadores ambulantes. Hasta 2010 el dueño era el abogado Armando Alvarez Portacarrero, quien venía a cobrarnos todos los meses”, dijeron, para agregar luego: “En diciembre dejó de pasar a buscar el pago del alquiler y no entendíamos nada. Después, nos quedamos sin luz ni agua y, finalmente, llegó una denuncia de usurpación”.
Los habitantes de la casona están aguardando una decisión judicial ya que interpusieron un recurso de amparo”.
Paralelamente, el concejal, Alberto Cortés (Proyecto Sur-PSA) viene gestionado soluciones habitacionales, tanto en el orden provincial como municipal (ver aparte).
El inmueble contó en 1997 con la última habilitación como bazar.
En 2000 se tramitó un permiso para que funcionara como hospedaje, pero nunca fue otorgado.
Esta situación de precariedad de los que habitan este tipo de casas de alquiler se repite en toda la ciudad y refleja las dificultades que atraviesan los ciudadanos que no encuentran otra alternativa a la hora de buscar dónde vivir.